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Marihuana

Si a usted lo han arrestado o le han imputado un cargo en Los Angeles por un delito de marihuana o de estupefacientes, necesita hablar inmediatamente con un abogado defensor penalista. Los cargos por delitos de drogas se procesan agresivamente en Los Angeles y el resultado de una condena por un delito menor puede dar como resultado que se imponga una sentencia hasta de un año en la cárcel del condado. Una condena por un delito mayor trae consigo sanciones más estrictas y potencialmente la prisión estatal. El equipo de defensa penal de las oficinas de Rodriguez, Lewis & Kahn proporciona una defensa penal agresiva a sus clientes con una experiencia legal combinada de más de 70 años. Llámenos para una consulta gratis y confidencial y le informemos cómo le podemos ayudar a pelear sus cargos.

Ley de California

La marihuana se define en el Artículo 11018 del Código de Salud y Salubridad de California como todas las partes de la planta Cannabis Sativa L., ya sea que la esté cosechando o no, e incluye sus semillas, resinas (extraídas de cualquier parte de la planta), compuestos y derivados. Los casos de marihuana se tratan de manera independiente a otros delitos de drogas. Los delitos relacionados con marihuana con frecuencia son sancionados con mayor indulgencia que los delitos relacionados con otras drogas. La posesión de Cannabis Concentrada se trata con mayor rigor que la posesión de una cantidad pequeña de marihuana. El Cannabis Concentrado se define como la resina que se separa de la marihuana, ya sea cruda o purificada. El Cannabis Concentrado por lo general conocido como hash o hachis es más fuerte que la marihuana y como resultado se sujeta a castigos y sanciones más severos.

Posesión de marihuana para uso personal 

El Artículo 11357 del Código de Salud y Seguridad de California dispone que poseer marihuana (más de una onza) para uso personal es un delito menor, que se puede castigar hasta con 180 días en la cárcel del condado y una multa. Los infractores que cometen un delito como éste por primera vez cuentan con programa de rehabilitación de drogas que da como resultado que se deseche el caso penal. Si usted tiene una onza (28.5 gramos) o menos, es una infracción que se sanciona sólo con una multa. Esto no queda en su historial de antecedentes penales. Si usted tiene permiso de un médico para usar marihuana para propósitos medicinales, a usted se le permite legalmente poseer hasta ocho onzas de marihuana seca. La posesión de cualquier cantidad de cannabis concentrada es un “wobbler”, lo que significa que se le puede imputar un cargo como delito menoro delito mayor, que se sanciona hasta con un año en la cárcel del condado y/o una multa (delito menor), o hasta tres años en la prisión estatal (delito mayor).

Posesión de marihuana para venta 

La posesión de marihuana es un delito mayor si usted tiene la intención de venderla (Artículo 11359 del Código de Salud y Salubridad). La fiscalía no tiene que probar que usted, de hecho, vendió la marihuana, solamente que tenía la intención de venderla. La intención se puede demostrar a través de pruebas circunstanciales: por ejemplo, que la cantidad de marihuana que tuvo bajo su posesión excede la cantidad normal que por lo general poseen los usuarios, la forma en la que se empaca la marihuana (paquetes pequeños), básculas, un alto volumen de tránsito de vehículos y peatones alrededor de su casa, ventanas reforzadas, o una venta en el pasado a un soplón o policía en cubierto.

Posesión de parafernalia de drogas 

De acuerdo con lo que dispone el Artículo 11364 del Código de Salud y Salubridad, es ilegal (delito menor) poseer una pipa para opio o cualquier otro instrumento, artefacto, dispositivo u objeto que se pueda usar para inyectarse ilegalmente o consumir una droga (estupefaciente) o narcótico excepto marihuana.

Venta, transporte o distribución de marihuana 

El Artículo 11360 del Código de Salud y Salubridad establece que es un delito mayor transportar o importar a California, proporcionar, administrar o regalar cualquier tipo de marihuana. Transportar o importar marihuana es un delito mayor, a menos que estuviera transportando o regalando menos de una onza (28.5 gramos), lo cual es un delito menor.

Uso de menores de edad para traficar marihuana 

De acuerdo con lo que dispone el Artículo11361(a) del Código de Salud y Seguridad es un delito mayor que un adulto contrate, emplee o use menores de edad para transportar, vender, regalar, preparar para vender, o traficar cualquier tipo de marihuana y también es un delito mayor proporcionar, administrar o proporcionarle marihuana a un niño menor de 14 años de edad o que induzca a un menor de edad a usar marihuana violando la ley. El Artículo 11361(b) del Código de Salud y Seguridad establece que es un delito mayor que un adulto le dé, proporcione o administre marihuana a un menor de edad (de 14 a 17 años), lo cual se castiga en la prisión estatal con una condena de tres a cinco años.

Cultivar o cosechar marihuana sin autorización 

En California, de acuerdo con lo que dispone el Artículo 11358 del Código de Salud y Seguridad, es un delito plantar, cultivar o cosechar cualquier cantidad de marihuana. Los pacientes o la persona encargada del cuidado de un paciente a quienes se les receta marihuana para propósitos medicinales con la recomendación o aprobación verbal o por escrito de un médico por razones médicas, están exentos de la prohibición del cultivo o cosecha que establece el Artículo 11358 del Código de Salud y Salubridad. Las personas que cultivan marihuana para uso personal pueden reunir los requisitos para participar en el programa de rehabilitación de drogas, siempre y cuando no exista la intención de venderla.

Manejar bajo los efectos de la marihuana 

El Artículo 23152 del Código de Vehículos establece que es ilegal y un delito menor manejar bajo los efectos de la marihuana (del alcohol o de cualquier otra droga).

Marihuana con fines medicinales 

En 1996, la Proposición 215 eliminó sanciones penales por el uso, la posesión y el cultivo de marihuana para los pacientes cuyos médicos se la recomendaban. Llamada la “Ley para el Uso Compasivo”, se codifica en el Artículo 11362.5 del Código de Salud y Salubridad. Las condiciones para las cuales se ha aprobado la marihuana médica incluyen, sin limitarse a SIDA, anorexia, artritis, cáncer, dolor crónico, glaucoma, migrañas y nausea. El estatuto establece como límite de posesión estatal 6 plantas maduras o 12 plantas inmaduras de marihuana y hasta 8 onzas de flores de cannabis procesadas por paciente. Cabe mencionar que la marihuana médica proporciona solamente una defensa parcial a los cargos de posesión de marihuana. Esta defensa no se aplica a la ley federal. Un individuo puede ser procesado judicialmente bajo la ley federal, la cual no reconoce la necesidad médica/defensa de marihuana de California.

Sanciones por los cargos de marihuana

DELITO

CARGO

ENCARCELAMIENTO

(Máximo)

MULTA

(Máxima)

Posesión*
Una onza o menosInfracciónno$100
Más de una onzaDelito menor6 meses$500
Menor de edad en posesión de una onza o menos en un plantel escolar, mientras la escuela está en sesión; 1ª infracciónDelito menorno$250
Segunda infracción de un menor en un plantel escolar.Delito menor10 días$500
Adulto en posesión de menos de una onza en un plantel escolarDelito menor10 días$500
Inducir a un menor edad a que use marihuanaDelito mayor3-7 años 
Posesión de cannabis concentradoDelito mayor – delito menor1 año en la cárcel del condado ó 3 años en la prisión estatal$500
Cultivo*
Cualquier cantidadDelito mayor16-36 meses 
Venta
Cualquier cantidadDelito mayor2-4 años 
A un menor de edadDelito mayor3-7 años 
Regalo de menos de una onzaDelito menor $100
Regalo a un menor de 14 añosDelito mayor3-7 años 
Regalo a un menor de 14 – 17 añosDelito mayor3-5 años 
Tráfico
Más de una onzaDelito mayor2-4 años 
Usar a menor de edad para traficar marihuanaDelito mayor3-7 años 

* Excepción para la marihuana con fines médicos

Suspensión de los privilegios de conducir para los menores de edad: De acuerdo con lo que dispone el Artículo 13202.5 del Código de Tránsito Vehicular de California, todo menor de 21 años de edad que sea condenado por cualquier infracción relacionada con la marihuana se enfrenta a una suspensión de su licencia de conducir durante 12 meses. Esta infracción no tiene que estar relacionada con conducir.

Defensas Para Delitos de Marihuana

Un abogado defensor penalista con experiencia evaluará la solidez de las pruebas presentadas en su contra, encontrará las deficiencias del caso del fiscal y las usará para obtener el resultado más favorable posible. La supresión de pruebas es una herramienta de defensa muy poderosa en los casos relacionados con la marihuana. Todo individuo tiene el derecho constitucional de que no se les someta a cateos ilegales. La mayor parte de las pruebas en un caso de marihuana la tienen las autoridades del orden público a través del cateo y la incautación. Si el cateo y/o la incautación fueron ilegales, no se pueden usar las pruebas en el tribunal y se deben suprimir en una petición formal conocida como “1538.5”. Con frecuencia, cuando se suprimen las pruebas que involucran los cateos e incautaciones ilegales, no quedan suficientes pruebas para que declarar culpable a un individuo, por lo tanto el caso se desecha.

Sentencia Alternativa

En California, el tratamiento y la rehabilitación de drogas se consideran una sentencia más apropiada que una condena en la cárcel para los individuos no violentos que tienen problemas de uso de marihuana. Dependiendo de sus circunstancias, usted puede reunir los requisitos para una de estas alternativas, incluyendo el programa de Tratamiento y Rehabilitación de Drogas en Libertad con Sentencia Diferida (DEJ) y la Proposición 36. Consulte a un abogado defensor penalista con experiencia sobre las opciones disponibles para usted.

Abogados Defensores Con Experiencia

Los casos relacionados con la marihuana pueden ser complejos, por lo tanto es muy importante contratar a un abogado defensor penalista con experiencia, quien podrá estar actualizado sobre los frecuentes cambios en las leyes de marihuana en California, y sabrá cómo sacar a la luz los hechos que le ayudarán a su defensa y cómo determinar los puntos fuertes que tiene el caso de la fiscalía en su contra. Los abogados defensores penalistas de las oficinas de Rodriguez, Lewis & Kahn han defendido con éxito a muchos clientes en casos relacionados con la marihuana, con frecuencia ayudándoles a evitar totalmente la condena de culpabilidad. Existen muchas alternativas a la cárcel para los individuos que han sido declarados culpables en casos relacionados con la marihuana que no pueden ser candidatos apropiados para los programas de la Proposición 36, el Tribunal de Drogas o DEJ. Hemos ayudado a muchos clientes con alternativas al encarcelamiento, como el Monitoreo Electrónico y el Arresto Domiciliario. No solucione su caso con una declaración de culpabilidad; el que le imputen un cargo y lo declaren culpable de un delito, aun cuando sea un delito relacionado con la marihuana puede quedarse en su historial de antecedentes penales y arruinar su vida. El tener que ir solo a un tribunal penal en Los Angeles debido a un cargo relacionado con drogas puede ser una experiencia espantosa. Saber que usted cuenta con abogados defensores con experiencia puede marcar la diferencia.

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